Como todos los años para esta época, el Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología de la Provincia recuerda que por Ley 1239-E, en su artículo 10°, se establece que “Las contribuciones que se soliciten a los alumnos o padres para la asociación cooperadora es voluntaria…”, siendo las mismas opcionales y nunca un requisito excluyente para inscribir a estudiantes ingresantes a las escuelas.
La Subsecretaría de Educación, a través de la Dirección de Inclusión Educativa, ante las diferentes consultas y planteos que llegan por diferentes vías, informa que el pago a las cooperadoras escolares no puede ser obligatorio en los períodos de Preinscripción o Inscripciones para el ingreso de estudiantes al sistema educativo, remarcando que “el Estado provincial es garante de la educación pública integral, asegurando la igualdad, gratuidad, laicidad y equidad en el ejercicio de ese derecho”.
Así también, es necesario mencionar que los y las docentes de todo el ámbito de la provincia del Chaco tienen prohibido el cobro de dinero por cualquier actividad educativa; siendo las Cooperadoras Escolares las únicas entidades autorizadas en recibir aportes económicos voluntarios en las instituciones, debiendo emitir por ello el comprobante correspondiente (con nombre del contribuyente, monto, fecha, sello de la institución educativa, firma y aclaración del receptor, junto con la leyenda contribución no obligatoria, tal como establece la Ley 1239-E)
Para consultas o reclamos, pueden comunicarse con el Centro de Información de Trámites del Ministerio de Educación: 362-4566576; 362-4880866; y línea gratuita: 0800-444-0257. Email: [email protected].