Consejo del Salario: cambian hora y modalidad del encuentro

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El Gobierno notificó cambios en la convocatoria al Consejo Nacional del Salario Mínimo, Vital y Móvil para discutir un eventual incremento en los montos prestablecidos. La fecha quedó fija para el 15 de febrero, pero será más temprano y por zoom.
  • La sesión plenaria ordinaria del 15 de febrero de 2024 se llevará a cabo mediante plataforma virtual, en lugar de manera presencial.
  • Se modifica el horario de la sesión de la Comisión del Salario Mínimo, Vital y Móvil y Prestaciones por Desempleo, que será a las 14:00 horas.

La Resolución también convalida la designación de los integrantes del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil realizada por el Presidente Alterno del Consejo.

En síntesis, la norma dispone las formalidades administrativas de la resolución: comunicación, publicación, registro y archivo.
El objetivo de la resolución es corregir errores en la convocatoria a las sesiones del Consejo y la Comisión, y convalidar la actuación del Presidente Alterno y lleva la rúbrica de la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Cuál es el valor del Salario Mínimo

Cabe recordar que el monto actual del Salario Mínimo, Vital y Móvil se ubica en $156.000, luego del aumento de 8,5% en diciembre estipulado en la última reunión del Consejo durante el gobierno de Alberto Fernández.

El incremento aplicado en el último tramo del año pasado quedó ampliamente por debajo del Índice de Precios al Consumidor, el cual se ubicó en 25,5% debido a la fuerte devaluación del 118% aplicada por el ministro de Economía, Luis Caputo, en el primer mes de gestión de Javier Milei.

Si bien se esperaba que el llamado al Consejo se concretara durante los últimos días del mes de enero, el gobierno decidió posponer su convocatoria luego del paro dispuesto por la CGT contra el DNU y la ley ómnibus de Milei.

El Consejo del Salario cuenta con 32 miembros. Entre sus representantes se encuentran las principales centrales obreras (CGT y las dos CTA), las cámaras empresarias y el propio Estado.

El monto fijado para el Salario Mínimo no impacta en el valor que cobrarán los trabajadores formales nucleados en dichos sectores, sino que determinará el piso de los haberes jubilatorios y el valor del seguro por desempleo, además de ser una variable ordenadora para el calculo de las Asignaciones y del impuesto a las Ganancias.

 

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