Jubilados: quiénes están incluidos en este cambio en la actualización
Están incluidos en este cambio aquellos que sean beneficiarios de las siguientes prestaciones:
a) Prestación básica universal.
b) Prestación compensatoria.
c) Retiro por invalidez.
d) Pensión por fallecimiento.
e) Prestación adicional por permanencia.
f) Prestación por edad avanzada
Jubilados: cómo aumentarán los haberes desde abril
En abril, los jubilados recibirán un incremento extraordinario equivalente al 12,5% sobre los haberes del mes de marzo y un adelanto de la modalidad correspondiente al mes de junio de 2024 calculado en base a la inflación. De mayo en adelante, el incremento se hará mediante un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de junio del mismo año, calculado también en base al IPC (Índice de Precios al Consumidor).
Por su parte, también se aclara que esos aumentos serán a cuenta de la movilidad a pagar en junio de 2024 conforme el índice que se obtendrá de acuerdo a la fórmula de movilidad vigente a la fecha del dictado del presente.
– En julio se aplicará el aumento según IPC de mayo.
– En agosto, se aumentará según el IPC de junio y así sucesivamente.
Una vez obtenido el porcentaje que surja de esta, se descontarán los puntos porcentuales de los incrementos acumulados que la persona beneficiaria hubiera percibido. Es decir, esos aumentos se harán hasta tanto no haya un cambio en la fórmula jubilatoria. Luego de que haya una fórmula, se procederá a hacer un descuento de los puntos obtenidos, una especie de “aumentos a cuenta”.
En caso de que estos superen el aumento calculado según la fórmula mencionada en el primer párrafo de este artículo, no se descontará la diferencia, la que se considerará incorporada al haber. Si fueran menores a dicho aumento, se abonará la diferencia resultante.
Jubilados: los argumentos del Gobierno en contra de la actualización jubilatoria actual
En el mismo decreto, el Gobierno argumenta por qué tomó esta decisión de cambio en la actualización jubilatoria. El actual índice de actualización jubilatoria se basa en la recaudación con destino a la ANSES y el aumento de los salarios medido por el INDEC o RIPTE.
Según el oficialismo, la fórmula descripta presenta “graves y serios inconvenientes” por los siguientes motivos:
1. No cubre suficiente ni razonablemente el riesgo inflacionario que afecta los beneficios de los adultos mayores, pues no tiene en cuenta la variación de los precios;
2. Presenta un gran desfasaje entre la evolución de las variables económicas y su traslado a los haberes;
3. Se basa en datos que no son de fácil acceso para el público, lo que dificulta su control por parte de la ciudadanía;
4. Supedita el resultado de la movilidad al éxito que tenga el Estado con la recaudación impositiva, cuya volatilidad e incertidumbre atentan contra la estabilidad y la previsibilidad que se espera de una fórmula de movilidad jubilatoria.
“La fórmula de movilidad vigente ha arrojado resultados desastrosos para los jubilados y pensionados del país, quienes han sufrido una notoria pérdida del poder adquisitivo” y agrega: “que la pérdida del poder adquisitivo de las jubilaciones como consecuencia del flagelo de la inflación y la vigencia de una fórmula de actualización de los haberes deficiente e injusta constituyen un problema ineludible y urgente que no puede ser postergado”.
Es por ello que resuelve que, con el objeto de dar respuesta de forma “rápida y eficaz” a la realidad de los adultos mayores, el Gobierno tomó la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad para garantizar que “nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”.