En tanto la Disposición 7769/2025 prohibió “la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: ‘Pasas de uva jumbo sin semillas, marca Valle Encantado’, Fraccionado por Productos Valle Encantado, Mitre (E) 1117 – San Juan, RNE N° 018125698, RNPA N° 1819992916″.La prohibición alcanza a cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento del producto vedado.
De acuerdo con la Anmat carece de registros sanitarios de establecimiento y de producto y está “falsamente rotulado al utilizar en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto apócrifo”.
Al tratarse de un producto falso es imposible para la Anmat garantizar su inocuidad y ser seguro para la salud de quienes lo consuman.