El gobierno de Milei definió el salario mínimo hasta agosto de 2026

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El Gobierno oficializó este miércoles un nuevo esquema de actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La medida quedó plasmada en la Resolución 9/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y fue aplicada de manera unilateral debido a que el Consejo del Salario no logró consensuar un monto entre los representantes sindicales y empresariales. La disposición también modifica el cálculo de la prestación por desempleo, que pasará a depender de los valores vigentes del salario mínimo.

Según informó la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, el organismo tomó la definición luego de que la reunión del Consejo convocada para el 26 de noviembre fracasara por falta de acuerdo. Durante ese encuentro, realizado por videoconferencia, sindicatos y empleadores presentaron propuestas alternativas, pero ninguna obtuvo apoyo mayoritario. Con ese escenario, la Secretaría resolvió fijar los aumentos para asegurar la actualización del ingreso básico en el mercado laboral.

El esquema establece diez incrementos mensuales consecutivos del SMVM. El primer tramo, correspondiente a noviembre de 2025, fija un piso salarial de $328.400 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa. Para quienes cobran por hora, el valor inicial es de $1642. Estos montos alcanzan a empleados regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, al personal agrario, a la administración pública nacional y a organismos estatales empleadores. En los casos de jornadas reducidas o modalidades especiales, los valores se aplican de manera proporcional.

A partir de diciembre de 2025, el salario mínimo pasa a $334.800. En enero de 2026 se eleva a $341.000 y en febrero alcanza los $346.800. Luego avanza a $352.400 en marzo y a $357.800 en abril. Desde mayo será de $363.000, en junio aumentará a $367.800 y en julio a $372.400. El tramo final, correspondiente al 1 de agosto de 2026, fija el SMVM en $376.600.

Los valores horarios acompañan la misma trayectoria ascendente. Desde diciembre ascienden a $1674; en enero suben a $1705; en febrero llegan a $1734; en marzo alcanzan los $1762; en abril avanzan a $1789; en mayo se ubican en $1815; en junio trepan a $1839; en julio llegan a $1862; y a partir de agosto, a $1883.

La resolución también redefine el mecanismo de la prestación por desempleo. El beneficio se calculará como el 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador haya percibido durante los últimos seis meses de la relación laboral. A su vez, se establecen límites vinculados directamente al salario mínimo: el monto no podrá ser inferior al 50% del SMVM vigente ni superior al 100%.

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