El Gobierno reglamentó la Ley de Inocencia Fiscal, con el objetivo de incentivar la formalización de activos que puedan inyectarse a la economía dejando atrás sanciones y “presunción de culpabilidad sobre los contribuyentes”, de acuerdo con los fundamentos que esgrimió el Gobierno.
Uno de los pilares del nuevo marco es el Régimen Simplificado de Ganancias, que permitirá tributar sin que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) requiera explicaciones sobre el patrimonio o los gastos personales. El foco estará puesto en la facturación futura, lo que habilita a regularizar ahorros previamente fuera del sistema y utilizarlos sin restricciones para consumo, inversión o financiamiento.
Desde el Gobierno destacan que esta herramienta funcionará como un “blanqueo popular permanente”, orientado a canalizar hacia la economía formal recursos que permanecían inmovilizados por temor a sanciones o investigaciones retroactivas. La expectativa oficial es que el nuevo régimen genere una inyección significativa de liquidez, impulse la actividad y facilite la expansión de pymes y emprendimientos.
La reglamentación también introduce cambios en el plano penal. Se elevaron los umbrales de evasión simple a $100 millones y de evasión agravada a $1.000 millones, al tiempo que se redujo el plazo de prescripción de cinco a tres años.
Además, la evasión deja de ser un delito penal automático y pasa a resolverse mediante el pago de las obligaciones adeudadas tras la notificación correspondiente.
“Todos eran delincuentes, menos los verdaderos criminales. A vos te perseguían por cuidar lo tuyo. La Ley de Inocencia Fiscal le devuelve la libertad a los argentinos de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, señalan.
También se ampliaron de manera sustancial los montos a partir de los cuales las entidades financieras deben informar depósitos y transacciones a ARCA, con un umbral mensual de hasta $10 millones o su equivalente en dólares.
Los puntos centrales de la medida
Según se destaca en la reglamentación:
Bancarización. Se debe ingresar el dinero al sistema financiero, salvo las compraventas de inmuebles que continuarán pudiendo ser efectuadas en efectivo.
Antecedente favorable en Lavado. La constancia de ingreso al Régimen Simplificado de Ganancias implica un antecedente favorable respecto del tema Lavado de Activos y UIF.
Depósitos. Se deja expresamente aclarado que ARCA no va a mirar el incremento patrimonial, incluyendo los depósitos.
Ingresos y patrimonios totales. Respecto del concepto de “ingresos totales” y “patrimonio total” como requisitos para ingresar al régimen de ganancias simplificadas, junto con el de no ser “Gran Contribuyente”, se prevé que:
a) Ingresos totales: comprenden este concepto los beneficios y/o las entradas de fondos propios, salvo que constituyan reembolsos de capital.
b) Patrimonio total: la verificación será independiente de la condición o no de contribuyente del impuesto sobre Bienes Personales, así como la adhesión o no al REIBP.
Rectificativa inhibe a ARCA. La rectificativa espontánea antes de la notificación de la orden de intervención por parte de ARCA hace que esa diferencia no pueda configurarse como una discrepancia significativa y, por lo tanto, ARCA no pueda impugnar.
Multas. ARCA establecerá por normativa propia el envío de un Recordatorio por Falta de Presentación de declaración jurada para todos los sujetos obligados, excepto los grandes contribuyentes.
También se aclara que “no se considera, a estos efectos, la variación patrimonial del período base o posterior cuando provenga de ingresos originados en períodos fiscales anteriores, incluyendo depósitos bancarios, bienes registrables u otros bienes”.
Asimismo, se dispone que quien presente la declaración jurada omitida al vencimiento del plazo otorgado a tal efecto, entre los primeros 20 días hasta 45 o 90 días transcurridos desde el vencimiento, según corresponda a la segmentación del contribuyente -excepto los grandes contribuyentes- y abone la multa correspondiente, la misma se reducirá en un 50%.
