El Ministerio de Seguridad Nacional modificó el protocolo de actuación de las fuerzas federales para la prevención de ciberdelitos, con cambios específicos para los casos que involucren a niños, niñas y adolescentes en entornos digitales. La medida fue oficializada mediante la Resolución 725/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La actualización responde al incremento de amenazas de violencia masiva contra establecimientos educativos difundidas a través de redes sociales y redefine los criterios bajo los cuales podrá intervenir el personal policial durante tareas de prevención en el ciberespacio.
Según la nueva normativa, el personal policial deberá ajustarse a lo normado en la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 y se prohíbe expresamente tratar datos sensibles o publicaciones de niñas, niños y adolescentes sin la correspondiente orden judicial.
La resolución establece que, cuando exista certeza o presunción de que la tarea de prevención policial en el espacio cibernético involucra a un menor, la actividad deberá suspenderse y dejar constancia en el libro de registro, con aviso inmediato a la autoridad responsable. No obstante, la suspensión deja de ser obligatoria en cinco supuestos excepcionales, vinculados a riesgos graves e inminentes para la integridad o vida de menores, o para la seguridad de la comunidad educativa.
Estas situaciones incluyen casos en los que se advierta un riesgo de vida para el menor; indicios de desamparo, fuga o sustracción del entorno; comportamientos autolesivos o suicidas sin necesidad de certeza sobre la inminencia del daño; y cuando el menor sea presunta víctima de un delito en curso en el ciberespacio cuya prevención o esclarecimiento requiera mantener el monitoreo.
Adicionalmente, la normativa contempla la posibilidad de continuar la tarea policial si existen indicios fundados de riesgo para la vida o integridad física de otros menores, abarcando amenazas, planificación o preparación de actos de violencia masiva en establecimientos educativos o espacios públicos, tanto si el menor es víctima como si es autor.
