La Libertad Avanza decidió retirar del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada el capítulo referido a la extranjerización de tierras rurales, luego de que el oficialismo confirmara que no contaba con los votos necesarios para aprobarlo en el Senado.
La medida representa una nueva concesión del Gobierno ante la presión de la oposición dialoguista y la pérdida de respaldos entre legisladores provinciales.
El apartado eliminado era el punto más polémico de la iniciativa, ya que modificaba la Ley de Tierras y flexibilizaba las condiciones para que ciudadanos y empresas extranjeras pudieran adquirir campos en Argentina. El oficialismo había intentado sostenerlo con una serie de cambios de último momento, pero la falta de consenso obligó a dar marcha atrás antes de la sesión prevista en la Cámara alta.
La decisión se tomó luego de una jornada marcada por negociaciones entre la jefa del bloque libertario en el Senado, Patricia Bullrich, y representantes de los sectores aliados. La dirigente había buscado una salida que permitiera mantener el capítulo con nuevas restricciones, pero la fuga de votos dejó al Gobierno sin margen para avanzar.
El cambio que había impulsado el Gobierno: del 15% al 25%
La iniciativa original impulsada por el Poder Ejecutivo buscaba eliminar las restricciones vigentes para la compra de tierras rurales por parte de extranjeros. El objetivo formaba parte del paquete de reformas de desregulación promovido por el ministro Federico Sturzenegger.
Ante las resistencias dentro del Senado, el oficialismo modificó el proyecto y aceptó mantener un límite para la propiedad extranjera. La nueva versión elevaba del 15% al 25% el máximo permitido para la adquisición de tierras rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras en cada provincia.
El artículo 25 del dictamen establecía que: “La titularidad de tierras rurales por personas humanas o jurídicas extranjeras no podrá exceder, en conjunto, el veinticinco por ciento (25%) de la superficie de las tierras rurales de cada provincia”.
Además, el texto mantenía la prohibición para que Estados extranjeros compren tierras rurales en Argentina y establecía controles adicionales para empresas con participación estatal extranjera directa o indirecta.
“Los Estados extranjeros no pueden comprar un metro de tierra rural en Argentina, punto”, había afirmado Bullrich al anunciar las modificaciones.
La senadora también había explicado que el porcentaje elegido tomaba como referencia el esquema aplicado en Brasil.
La pérdida de votos que obligó al oficialismo a retroceder
El escenario comenzó a complicarse cuando varios senadores que eran considerados aliados del Gobierno anticiparon que no acompañarían el capítulo de extranjerización.
Entre ellos aparecieron legisladores vinculados a gobernadores provinciales como Flavia Royón, cercana al mandatario salteño Gustavo Sáenz; Beatriz Ávila, alineada con el gobernador tucumano Osvaldo Jaldo; y Julieta Corroza, vinculada al neuquino Rolando Figueroa.
También persistían dudas dentro del radicalismo y del PRO. Algunos senadores planteaban reparos por el impacto de la reforma sobre la soberanía territorial y reclamaban que el debate volviera a comisión para una discusión más profunda.
La pérdida de esos respaldos dejó al oficialismo frente a una derrota segura en el recinto, por lo que decidió retirar el capítulo más conflictivo y concentrarse en el resto del proyecto.
Qué otros cambios mantiene el proyecto
Aunque quedó afuera la modificación a la Ley de Tierras, el proyecto conserva otros cambios vinculados al régimen de propiedad privada.
Uno de los principales puntos modifica la Ley de Manejo del Fuego y elimina las restricciones que impedían durante años vender, subdividir o cambiar el uso del suelo en terrenos afectados por incendios.
La iniciativa también modifica el régimen de desalojos y ejecuciones, con el objetivo de acelerar la restitución de inmuebles ante casos de ocupaciones ilegales.
Entre los cambios previstos figura la posibilidad de que los jueces dispongan medidas cautelares para devolver la posesión de un inmueble al propietario mientras continúa el proceso judicial.
Además, incorpora modificaciones en la normativa de expropiaciones y establece que las declaraciones de utilidad pública deberán tener una interpretación restrictiva y cumplir criterios de necesidad, proporcionalidad e idoneidad.
