El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que acaba de aprobar el Senado, incorpora un nuevo régimen de desalojos exprés para agilizar la devolución de viviendas, campos y terrenos ocupados ilegalmente.
Si la propuesta es aprobada en Diputados y se convierte en ley, esto significará importantes cambios que pueden resumirse de la siguiente manera, según la Agencia Noticias Argentinas (NA):
– Se implementará el desalojo exprés cuando se trate de inmuebles que hayan sido o tengan tenedores precarios.
– El juez podrá ordenar la entrega inmediata del inmueble si “el derecho invocado fuese verosímil y previa caución juratoria”.
– El juez podrá intimar, dentro de las 72 horas, la restitución del inmueble si así lo exige el propietario del mismo, que deberá probar, a través de los documentos correspondientes, que es el dueño de esa vivienda, terreno o campo.
– Los propietarios podrán intimar a los inquilinos que les adeuden el pago de sus contratos, pero deberán otorgarles un plazo de, al menos, 10 días corridos, para ponerse al día, días que se contarán desde que reciben la notificación correspondiente.
– La notificación se hará en el domicilio denunciado en el contrato o por correo electrónico (email) y deberá indicar el sitio preciso del pago.
– Si continúa el incumplimiento del inquilino, el propietario podrá comenzar la acción de desalojo que se realizará en un plazo de 10 días hábiles.
– El propietario no puede, de ninguna manera, negarse a recibir las llaves ni poner condiciones específicas para aceptarlas, pero puede dejar registrado por escrito que hay deudas pendientes para realizar un reclamo posteriormente.
– Si hay menores o adultos en situación de desamparo, el juez tendrá que hacer que intervengan los organismos de protección locales y al Ministerio Público Tutelar.
