ANDIS restableció las pensiones por discapacidad suspendidas en todo el país

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La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) oficializó la restitución de las pensiones no contributivas por invalidez laboral que habían sido suspendidas en todo el país. La medida fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial mediante la Resolución 13901/2025 y responde a una orden judicial que extendió a nivel nacional un amparo colectivo impulsado desde Catamarca.

El fallo, emitido por el Juzgado Federal N° 2 de esa provincia, estableció que ANDIS debe reactivar en un plazo de 24 horas todos los pagos retenidos, devolver los haberes adeudados y, además, suspender las auditorías que motivaron las bajas, hasta que exista una sentencia definitiva.

La acción judicial fue iniciada por el Defensor del Pueblo de Catamarca junto a personas con discapacidad y organizaciones de todo el país, entre ellas ACIJ. La cautelar se presentó frente a las suspensiones derivadas del Decreto 843/2024, que habían generado preocupación y denuncias por vulneración de derechos.

Qué cambia con la resolución

Con la nueva medida, ANDIS deberá:

-Restablecer todas las pensiones suspendidas por invalidez laboral.

-Devolver los haberes retenidos.

-Abstenerse de avanzar con nuevas auditorías o suspensiones mientras dure el proceso judicial.

Además, la resolución aclara que los pagos se realizarán según el calendario habitual de ANSES.

El organismo había aplicado auditorías para “verificar la subsistencia de las condiciones” de acceso a la prestación, con el argumento de evitar el mal uso de recursos del Estado. Sin embargo, la Justicia entendió que el alcance y la modalidad de esas revisiones derivaron en bajas masivas que afectaron a titulares que cumplían con los requisitos establecidos por ley.

El fallo remarca que se trata de un caso de interés colectivo y ordena proteger a las personas con discapacidad, consideradas un grupo vulnerable para el que el Estado debe garantizar acompañamiento y continuidad de ingresos.

Qué dice la ley

Las pensiones no contributivas por invalidez laboral están contempladas en la Ley 13.478 y reglamentadas por el Decreto 432/1997. Son inembargables, y se otorgan a personas que no pueden trabajar, no cuentan con ingresos suficientes ni cobertura previsional. La continuidad del beneficio rige mientras persistan las condiciones que dieron origen a la pensión.

Tras conocerse la resolución, organizaciones de personas con discapacidad celebraron el freno a las suspensiones pero advirtieron que seguirán monitoreando su cumplimiento. La restitución llega luego de semanas de reclamos y presentaciones judiciales en distintas provincias.

“El daño ya está hecho para muchas familias que se quedaron sin ingresos esenciales. Ahora lo urgente es que se devuelva cada peso retenido y que no vuelva a ocurrir”, expresaron desde entidades que integran el amparo.

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