A partir de ese momento se inició la investigación, que llegó a la conclusión que el producto podría ser perjudicial para la salud de las personas.
En consecuencia, la ANMAT dispuso: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea del producto rotulado como: Aceite de Oliva Extra Virgen marca Monte Oliva, RNE: 13289653 – RNPA: 13225493, Origen de Mendoza en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.