ARCA extendió el plazo para adherirse a los planes de pago

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Este régimen contempla las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió hasta el próximo 30 de mayo el plazo para que Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, entidades sin fines de lucro, contribuyentes del sector de salud y pequeños contribuyentes puedan adherirse a los planes de facilidades de pago vigentes. Lo hizo a través de la Resolución General 5680/25, que será publicada en el Boletín Oficial.
Es importante destacar que en todos los casos, este régimen contempla las obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de diciembre de 2024, inclusive.
  • Impositivas y de los recursos de la seguridad social, incluidas sus intereses y multas.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, así como sus intereses.

¿Cómo es la financiación?

Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% de la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- corresponde una tasa del 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas); Obligaciones Aduaneras. (Máximo 48 cuotas).
  • Medianas empresas -Tramos 1 y 2-: Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas); Obligaciones aduaneras. (Máximo 36 cuotas).
  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud: Retenciones y percepciones impositivas: (Máximo 24 cuotas).
  • Medianas empresas -Tramos 1 y 2-: Retenciones y percepciones impositivas. (Máximo 16 cuotas).

¿Cómo acceder a los beneficios?

La adhesión podrá realizarse hasta el próximo 30 de mayo de 2025, a través del sistema informático “Mis Facilidades” con Clave Fiscal.

¿Cuáles son los requisitos necesarios?

Los contribuyentes deberán tener:

  • Domicilio Fiscal Electrónico constituido.
  • Declaraciones juradas presentadas.
  • CUIT activa.
  • CBU informada

 

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