El Gobernador aclaró que con respecto a las PASO, aún “no hay ninguna iniciativa al respecto”, aseguró que el objetivo es que se realicen unos “75 días antes de las elecciones, que nosotros vamos a fijarla el 17 de septiembre del 2023”. El texto actualizado de la Ley 7141, en su artículo tercero, establece que “la convocatoria a elecciones primarias provinciales la realizará el Poder Ejecutivo con setenta y cinco (75) días corridos de anticipación, como mínimo, a la fecha del comicio respectivo. La fecha que se establezca para las elecciones primarias provinciales o municipales donde se disputen cargos legislativos y/o ejecutivos provinciales o municipales, no coincidirá con las fechas fijadas para las elecciones primarias legislativas nacionales y/o presidenciales”.
En la Sección Segunda, Capítulo único, de la Constitución Provincial está establecido el “Derecho electoral”. El inciso 7 del artículo 90, dice: “Las elecciones provinciales y municipales se harán en forma separada de las presidenciales”. De la normativa vigente, se desprende que la decisión de realizar la elección provincial o municipal separada de la presidencial no depende de la decisión del Poder Ejecutivo, sino que está establecida en la considerada “Ley madre de Leyes”.
Agencia FOCO