El presidente Javer Milei envió este miércoles al Congreso nacional el “paquete de leyes” anunciado para ser tratado en sesiones extraordinarias, que lleva por título “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”.
“Con el espíritu de restituir el orden económico y social basado en la doctrina liberal plasmada en la Constitución Nacional de 1853, presentamos al Honorable Congreso de la Nación el adjunto proyecto de ley y manifestamos nuestra firme voluntad de emprender, inmediatamente y con instrumentos idóneos, la lucha contra los factores adversos que atentan contra la libertad de los argentinos; que impiden el correcto funcionamiento de la economía de mercado y son la causa del empobrecimiento de la Nación”, publicó la cuenta oficial de la Oficina del Presidente de la República Argentina (@opra).
“Promovemos estas reformas en nombre de la Revolución de Mayo de 1810 y en defensa de la vida, la libertad y la propiedad de los argentinos”, añade el texto oficial.
Más temprano, el portavoz presidencial Manuel Adorni en rueda de prensa en Casa de Gobierno había precisado que el paquete de leyes “incluye reformas profundas, necesarias, urgentes en materia tributaria, laboral, penal, energética y electoral”.
Gobierno convocó a sesiones extraordinarias hasta el 31 de enero
El Poder Ejecutivo oficializó el martes la convocatoria a sesiones extraordinarias del Congreso Nacional que se desarrollarán a partir de hoy y hasta el próximo 31 de enero, con la publicación del Decreto 76/2023 publicado en el Boletín Oficial.
Entre las iniciativas que el Gobierno nacional enviará al Congreso nacional para su tratamiento durante este período se incluyen una amplia ley sobre reforma del Estado, el establecimiento de la Boleta Única de Papel como método de votación en las elecciones nacionales, y la modificación en el régimen del impuesto a las Ganancias.
Cambios en Ganancias: el proyecto ingresó para extraordinarias
El proyecto vinculado a las modificaciones al impuesto a las Ganancias ingresará al Parlamento por la Cámara de Diputados, y, con esta iniciativa, el Gobierno nacional intentará revertir lo aprobado en septiembre pasado, cuando solamente pasaron a pagar el impuesto los trabajadores con salarios brutos en torno a los 2.000.000 de pesos.
Si bien se desconoce la letra chica de la iniciativa que será enviada finalmente para su discusión legislativa, los cambios que impulsa el Ejecutivo implicarían que pasen a pagar ganancias quienes tengan salarios brutos mensuales superiores a un monto alrededor de los 975 mil pesos.
Como primera medida, el Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto permitirá que el Gobierno asuma “facultades legislativas” en esas materias.
Privatizaciones
Por otro lado, promueve la privatización de las empresas públicas “con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión”. En el listado de empresas ser privatizadas entre las que se destacan Aerolíneas Argentinas, AySA, el Correo, el Banco Nación, Ferrocarriles Argentinos e YPF, además de otras 35 compañías estatales más.
También la agencia Telam, Radio y Televisión del Estado, Radio de la Universidad Nacional del Litoral y la Radio de la Universidad de Córdoba, ambas ya sociedades anónimas.
PASO
La reforma política incluirá la eliminación de las PASO, el establecimiento de un nuevo sistema de elección de diputados en base a circunscripciones uninominales y modificando las listas cerradas.
Jubilaciones
Por otro lado, el Gobierno también busca eliminar la fórmula vigente para la actualización de las jubilaciones y pensiones, asumiendo la potestad de “realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. No se detalla cada cuánto serán los aumentos ni qué indicadores se tomarán como referencia.
Blanqueo
Respecto al blanqueo de capitales, el proyecto plantea que estarán contemplados sujeros residentes y no residentes. Habrá tiempo para sumarse a la exteriorización hasta el 30 de noviembre del año próximo. El blanqueo estará dividido en tres etapas.
En la primera, que se extenderá hasta el 31 de mayo, la penalidad por el ingreso al régimen será de 5%; una segunda etapa con fecha límite de pago hasta el 10% que tendrá lugar hasta el 31 de agosto; y una última etapa, con una alícuota de 15%, y que terminará el último día de vigencia de la exteriorización de activos. En ningún caso AFIP cobrará el impuesto especial si se declaran menos de 100 mil dólares.
Entre los bienes argentinos que se podrán blanquear están:
a) Moneda nacional o extranjera
b) Inmuebles ubicados en Argentina.
c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares.
e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores.
f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
g) Derechos y otros bienes intangibles.
h) Otros bienes ubicados en el país susceptibles de valor económico, incluyendo los bienes y/o créditos originados en pólizas de seguro contratadas en el exterior.
Para los bienes extranjeros la lista es similar pero incorpora a las criptomonedas.
a) Moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias.
b) Inmuebles ubicados fuera de Argentina.
c) Acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares.
d) Títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotas partes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados del exterior.
e) Otros bienes muebles no incluido en incisos anteriores ubicados fuera de Argentina.
f) Créditos de cualquier tipo o naturaleza.
g) Derechos y otros bienes intangibles no incluidos en incisos anteriores.
h) las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares, sin importar quien ha sido su emisor, quien es su titular o donde estuvieran depositadas, custodiadas o guardadas.
i) Otros bienes ubicados fuera del país no incluidos en incisos anteriores.
Para establecer cuál es la base imponible, habrá un “tipo de cambio de regularización” que será determinado por el Poder Ejecutivo. La adhesión al régimen implicará que esos contribuyentes quedarán “liberados de toda acción civil y por delitos tributarios, cambiarios, aduaneros e infracciones administrativas que pudieran corresponder por el incumplimiento de las obligaciones vinculadas o que tuvieran origen en los bienes, créditos y tenencias que se declaren”.
