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Hasta el 25 de septiembre se pueden abonar impuestos municipales atrasados sin recargo por mora

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Hasta el 25 de septiembre se pueden abonar impuestos municipales atrasados sin recargo por mora

Desde la semana pasada empezó a regir la nueva ordenanza municipal en cuanto a los tributos. Ana Belén Balcarce habló con Mariana Horiasnki en STO Radio 90.5 sobre la nueva ordenanza para detallar como se reintegrarán los pagos de meses anteriores.
La ordenanza Nº 13294 establece una reducción en el valor tierra en el impuesto inmobiliario en un 50%, esto afecta a la composición de la tasa de servicio. Lo que se estableció a través de la resolución Nº1537 es que aquellos contribuyentes que hayan abonado las 6 cuotas correspondiente al año 2020 o los que hacen el pago anticipado le quedara una diferencia a favor y será compensado con deudas anteriores. En caso no tener deudas anteriores con el municipio podrán utilizarlas en deudas del 2021.
Por otra parte, las personas que todavía no habían pagado sus deudas no tendrán recargo alguno hasta el 25 de septiembre, fecha límite para cancelar los impuestos sin recargo por mora. Además recalcó que “el ciudadano hace el esfuerzo de mantenerse al día con sus pagos de impuestos”
Por último, hizo una petición a quienes estén por abonar las deudas “Queremos que las personas saquen turnos a través de las paginahttp://www.resistencia.gob.ar. Lo ideal sería que se descarguen o impriman la boleta para poder ir a cancelar la deuda.” El reparto de boletas se normalizará en el mes de octubre.

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