Ante esta situación, el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) le solicitó a través del SIFEGA al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza que informe si el RNE y el RNPA exhibidos en el rótulo del producto investigado se encuentran vigentes.En tanto, se indicó que “por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado”, se lo consideró un artículo “ilegal” y se procedió a prohibir su elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el país.
“A fin de proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registro, por lo que no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control y su inocuidad, se recomienda prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional”, expresó la ANMAT en el escrito.