La Anmat prohibió la venta en todo el país de una serie de productos médicos

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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de dos marcas de suturas médicas por falta de información en sus registros. El organismo aclaró que “se desconocen sus condiciones de elaboración y fabricación”.

A través de la Disposición 8075/2022 publicada en el Boletín Oficial, y con la firma del titular de la institución, Manuel Limeres, el Gobierno sacó de circulación estos productos, que corresponden a la “Clase de Riesgo III”.

En el documento se detalla que, el pasado 14 de septiembre, el personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVS) inspeccionó la sede de la firma “San Fernando Dental” de Antonio Coronel, ubicada en la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca y encontró dos marcas de suturas –Magic y MTE– que no estaban en condiciones de comercializarse.

Ante la falta de datos sobre el importador o fabricante y de las respectivas autorizaciones sanitarias, el organismo público sugirió su prohibición de uso, comercialización y distribución en todo el país “por tratarse de unidades sin registro de las que se desconocen sus condiciones de elaboración/fabricación”. Es algo que suele recomendar la institución presidida por Limeres ante cada aparición de unidades sin registro y con este tipo de problemas.

Los productos prohibidos para su comercialización fueron identificados como “SILK BRAIDED – Non Absorbable Suture – Magic – USP: 3/0 Metric: 2 – Lenght: 75cm – LOT: 202001 – fabricado 01/2020 – vencimiento: 01/2025 // 16 mm ½ curved cutting – Sterile R” y “MTEC SILK BRAIDED – Non Absorbable Suture – 4/0 (1.5 metric) curved cutting 16 mm – 75 cm – LOT 190 A 69 – Fabricado 05/2019 – vencimiento: 05/2024. Sterile R”.

Asimismo, el organismo comunicó al Ministerio de Salud de la provincia de Catamarca, a las autoridades sanitarias provinciales y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires sobre la disposición. Así como a la Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria; a la Dirección Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras; y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud.

 

Página 12

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