La Cámara Nacional del Trabajo anuló todo el capítulo laboral del DNU

Publicado en

La Cámara Nacional del Trabajo admitió este martes el amparo presentado por la CGT contra el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023 promulgado por Gobierno nacional y anuló todo el capítulo laboral de esa normativa, según informaron fuentes judiciales.

El tribunal de apelaciones resolvió “modificar la sentencia apelada, haciendo lugar a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado Nacional” y “declarar la invalidez constitucional del Título IV” del DNU de Javier Milei.

El fallo lleva la firma de los jueces que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo Manuel Diez Selva, Héctor Guisado y Mario Fera, quienes reconocieron a la CGT la “legitimación activa” para cuestionar todos los artículos de la reforma laboral incluida en el DNU y no solo aquellos que hacían a derechos colectivos, como había ocurrido en primera instancia.

Los jueces fueron tajantes al señalar que aquello que el Gobierno buscó hacer a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, al menos en términos de reforma de las leyes laborales, debió haberse realizado por la vía legislativa.

Los jueces fueron tajantes al señalar que aquello que el Gobierno buscó hacer a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, al menos en términos de reforma de las leyes laborales, debió haberse realizado por la vía legislativa.

“No se registraba impedimento para la reunión de las cámaras del Congreso, e incluso el 27 de diciembre de 2023, es decir, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del DNU 70/2023, el órgano legislativo se encontraba convocado, en funciones, y con facultades para examinar el contenido de las reformas propiciadas en dicho DNU”, afirmaron los jueces en el fallo de 15 páginas al que accedió Télam.

“El principio que organiza el funcionamiento del estatuto del Poder del Estado es, precisamente, la división de funciones y el control recíproco, esquema que no ha sido modificado por la reforma constitucional de 1994. Así, el Congreso Nacional tiene la función legislativa, el Poder Ejecutivo dispone del reglamento, y el Poder Judicial dicta sentencias, con la eminente atribución de ejercer el control de constitucionalidad de las normas jurídicas”, remarcaron.

En primera instancia, la jueza que intervino había declarado la nulidad de 6 artículos del capítulo laboral pero había dejado vigentes los demás a la espera de que se algún trabajador eventualmente afectado por su aplicación pudiera presentarse ante la justicia.

Télam adelantó este fin de semana que el tema había pasado a estudio del tribunal de apelaciones del fuero del trabajo a raíz de las presentaciones de la CGT y el Gobierno: mientras los representantes gremiales buscaban la nulidad del capítulo completo, el Estado Nacional pretendía revertir el fallo de primera instancia y que todo quedara vigente.

Telam

Ultimas Noticias

SAMEEP informó que se encuentra reducido el servicio de agua potable para usuarios de zona sur

La empresa Sameep informó que se encuentra reducido el servicio de agua potable para...

Las Palmas se prepara para vivir el 25° Torneo de Pesca Variada con Devolución

El Instituto de Turismo del Chaco junto a Lotería Chaqueña acompañaron  el lanzamiento oficial...

Este martes nueva jornada recreativa de “Chaco Juega 2026” destinada a adultos mayores

Este martes 12 de mayo, de 8 a 12 horas, se realizará una nueva...

El gobierno de Milei recortó en educación y universidades antes de la marcha federal

El Gobierno nacional recortó $78.711 millones en gastos corrientes y de capital de la Secretaría de...

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR