Legislativas: se autoriza la transferencia de los espacios que componen el “Ex Mercado Municipal” al Municipio de Resistencia

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La ley que autoriza la transferencia del grupo de inmuebles de la Provincia al Municipio fue votada por unanimidad. La iniciativa de la diputada Elida Cuesta tiene por objetivo “el desarrollo y descentralización de un sistema destinado a la atención de vecinos contribuyentes, a la prestación de servicios y a la contención social y cultural”.

Detalles de la ley

El proyecto, reza en sus fundamentos que la iniciativa pretende transferir a la Municipalidad de Resistencia los bienes inmuebles expropiados por ley 1931-A. “Estas unidades que componen el Ex Mercado Municipal de la ciudad capitalina, constituyen un predio emblemático en la comunidad resistenciana, de alto contenido histórico, comercial y cultural que potencia la sinergia ciudadana, para establecer allí mismo un espacio de integración socio cultural de vanguardia, con el fin de seguir apuntalando los valores con los cuales Resistencia se destaca como polo regional, nacional e internacional en materia de cultura”.

“(…) Consideramos fundamental que se sancione esta herramienta legislativa, pues a través de la misma, se concretará la tan anhelada transformación del emblemático edificio, ejecutando la obra de conservación, restauración, remodelación, puesta en valor y refuncionalización del “Ex Mercado Municipal” para convertirlo así, en un Espacio Cultural de encuentro que sea un ícono arquitectónico, cultural e histórico de la ciudad de Resistencia, demostrando que somos una Provincia que respeta su idiosincrasia, su herencia cultural, que pone en valor sus edificios más representativos como capital tangible e intangible de nuestro pasado y que cultiva la memora histórica de sus edificios más representativos”.

En la iniciativa se plantea que las transferencias autorizadas se efectuarán con cargo de que la Municipalidad de Resistencia desarrolle un espacio de integración sociocultural en el predio histórico contemplado en la presente, reconocido como “Ex Mercado Municipal de la Ciudad de Resistencia”.

Que los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley estarán a cargo de la Municipalidad de Resistencia.

Que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de la Escribanía General de Gobierno u organismo vinculado a tal fin, y la Fiscalía de Estado, adoptarán las medidas pertinentes para la conclusión de los trámites necesarios, el otorgamiento de las respectivas escrituras traslativas de dominio y todo otro recaudo que resulte necesario para el efectivo cumplimiento de la ley.

Que la Municipalidad de Resistencia no podrá cambiar, modificar o alterar, en todo o en parte, el destino de uso que tienen los inmuebles objeto de la presente ley, que son los definidos en el artículo 2°. En el caso de incumplimiento, el dominio de los mismos volverá en forma plena y automática a la esfera del Estado Provincial

Que la Municipalidad de Resistencia tendrá un plazo de cinco (5) años para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente ley, computados a partir de su promulgación, transcurridos los cuales sin que se hayan iniciado las acciones correspondientes para el cumplimiento de las finalidades mencionadas en el artículo 2°, quedará sin efecto lo dispuesto en el artículo 1° por lo cual los bienes volverán al dominio del Estado Provincial.

Además, contempla que a partir de la aprobación de la ley, el Municipio tomará a su cargo y será el responsable de llevar adelante y ejecutar todas las acciones vinculadas al mantenimiento, puesta en valor, adecuaciones edilicias y urbanísticas que resulten necesarias en los mismos, para cumplir con dichos objetivos, las cuales estarán sujetas a estándares de modernidad, sustentabilidad, seguridad, salubridad y tecnología aplicada, entre otros.

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