Modifican artículos del Régimen de Seguridad Social

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Por iniciativa de legisladores de la bancada oficialista, se dio Sanción a la Ley 4041-H que modifica artículos de la Ley 800-H en lo referido al tope de los haberes jubilatorios, entendiendo que el mismo resulta contrario a lo dispuesto por el artículo 75° de la Constitución Provincial, que garantiza el cálculo del haber previsional mediante la aplicación del 82% de los haberes correspondientes al cargo activo.

 

 

El proyecto de ley se fundamentó en que “desde la modificación del artículo 75° de la Constitución Provincial, la garantía del cálculo del haber previsional mediante la aplicación del 82% de los haberes correspondientes al cargo activo calculados conforme lo establece el artículo 132° de la misma Ley 800-H tiene rango constitucional”.
“Sin embargo, el artículo 136º de la 800-H no se adecuó a la disposición mencionada en marras y a la fecha implica una exacción legal, pero manifiestamente inconstitucional, ya que un número determinable de beneficiarios pasivos de la previsión social chaqueña son privados de percibir el 82% de los haberes que les corresponden”.
Explica el proyecto que la ley Nº4044 (hoy Ley 800-H) estableció en la redacción original de su art.136 que: “Los haberes mensuales de los beneficios establecidos en esta ley no superarán en ningún caso el equivalente a doce (12) sueldos mínimos de la Administración Pública Provincial, categoría uno del escalafón nivel central…”. Contra la aplicación de tal limitación se promovieron distintos procesos judiciales reclamando la declaración de inconstitucionalidad del tope allí establecido, acciones que tuvieron acogida favorable. Como consecuencia de ello, la Legislatura provincial, a través de la Ley Nº 7820, de fecha 15/06/16, derogó el art. 136.
“Sin embargo, posteriormente, en el año 2020, se volvió a modificar el art. 136 mediante Ley Nº3272-H, estableciendo un nuevo tope, lo cual trajo y traerá como consecuencia nuevos procesos judiciales en reclamo de la declaración de inconstitucionalidad del mencionado artículo, con un claro avasallamiento de los derechos de los agentes pasivos”.
Durante el debate en el recinto legislativo, la diputada Maida With expuso que “estamos hablando de un derecho de trabajadores, en el año 2009 se hizo una enmienda constitucional que establecía el 82 por ciento móvil para las jubilaciones y por eso hay que ser coherente con la Constitución provincial . El gobierno anterior en el 2016 elimina el tope, en el 2020 se vuelve a instalar el tope con quince salarios mínimos como tope para las jubilaciones y agregan el tope para los aportes jubilatorios. Nosotros entendemos que ahora al eliminar el tope para los aportes también se beneficia la caja previsional porque ingresará más dinero”.
“Esta es una ley que se trabajó en tres comisiones y  el informe del INSSSEP nos comunica que si la ley continua sin modificaciones nos encontramos ante un perjuicio en la caja previsional “.

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