Modifican el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales

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Diputados sancionaron por 29 votos positivos la ley que modifica artículos de la ley 3898-F, que establece un Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias Provinciales, al cual podrán acogerse aquellos sujetos pasivos de Obligaciones Fiscales Provinciales cuyo vencimiento hubiera operado al 31 de marzo del año 2024. El acogimiento podrá formularse desde su vigencia y hasta el 31 de julio del año 2024.”

 

 

Además determina  con alcance general el beneficio de condonación de las multas correspondientes a infracciones formales y materiales de los artículos 32, 33, 34 y 35 del Código Tributario Provincial ley 83-F, cometidas hasta el 31 de marzo del año 2024, que no se encuentren firmes ni abonadas, cuando con anterioridad a la fecha en que finalice el plazo para el acogimiento al presente régimen, se haya cumplido la respectiva obligación formal y/o cancelada la obligación relacionada con la infracción. En caso de financiación de la obligación fiscal vinculada con la infracción cometida hasta el 31 de marzo del año 2024, se suspenderá el sumario administrativo o imposición de la multa, el cual será archivado o condonada la infracción, una vez cumplida íntegramente la obligación fiscal.”

En tanto, la Administración Tributaria Provincial podrá presentar, pero no tramitará nuevas acciones judiciales hasta el 31 de julio del año 2024, salvo cuestiones vinculadas a la prescripción de tributos.”

Sobre este punto, el diputado del oficialismo Ernesto Blasco señaló que “es una moratoria para el sector privado que  ha venido sufriendo embates duros durante muchos años.  Se propone ampliar el plazo para la regularización de las deudas impositivas de ATP, acompañamos porque hoy la carga impositiva es altísima y normalmente es un sector que se está endeudando porque no puede afrontar las cargas tributarias”.

La diputada Teresa Cubells, autora del proyecto, expresó la postura del Bloque Frente Grande manifestando que “impulsamos mantener el plan de facilidades de pago de impuestos dictado por ley 3898-F , nuestra opinión es que tanto las fechas como la suspensión de ejecución judicial se debe poner en líneas con lo que decide el Congreso Nacional que aún no debate beneficios y plazos, hoy es imprescindible mantener le alivio a sectores de la producción y servicios con el dictado de esta iniciativa que hemos impulsado”.

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