A través del Decreto 955/2024, el Poder Ejecutivo estableció la creación de un nuevo registro de obras sociales que brindarán cobertura de salud a los monotributistas, que estará bajo la supervisión de la Superintendencia de Servicios de Salud y será obligatorio para todas las entidades que quieran afiliar a pequeños contribuyentes.
El Gobierno justificó la medida como “crucial” para mejorar la transparencia “y la gestión del acceso a la cobertura médico asistencial de los Pequeños Contribuyentes”.
Los pequeños contribuyentes podrán elegir su agente de salud siempre que esté inscripto en el nuevo registro. Además, deberán mantener una permanencia mínima de 1 año con el agente elegido antes de poder optar por un cambio, el cual se hará efectivo al mes siguiente de la solicitud.
A su vez, el decreto establece un acceso progresivo a la cobertura de salud con el Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Así los contribuyentes y sus familiares adheridos acceden a niveles adicionales de cobertura a los seis meses de afiliación, incluyendo servicios subsidiados por el Sistema Único de Reintegro por Gestión de Enfermedades (SURGE), lo que asegura una atención médica integral.