El Gobierno extendió el alcance del plan de facilidades de pago de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El anuncio fue realizado por el ministro de Economía, Luis Caputo, durante un encuentro organizado por la Unión Industrial Argentina (UIA).
La modificación permite incorporar obligaciones tributarias vencidas hasta el 31 de octubre de 2026, cuando el límite anterior llegaba al 30 de junio. De esta manera, los contribuyentes podrán sumar cuatro meses adicionales de deudas al régimen y distribuir su cancelación en cuotas.
Caputo explicó que la decisión busca darles mayor margen financiero a las pequeñas y medianas empresas. “Entendemos que el costo financiero para las pymes es un problemón y no es necesariamente algo que se va a solucionar en un mes o dos”, sostuvo durante su exposición.
La cantidad de cuotas depende de la categoría del contribuyente y del tipo de obligación que busca regularizar.
Para las micro y pequeñas empresas, los pequeños contribuyentes y las entidades sin fines de lucro, el esquema contempla:
- Deudas generales: hasta 18 cuotas, con un anticipo del 5% de la deuda consolidada.
- Retenciones y percepciones: hasta nueve cuotas.
En el caso de las empresas medianas de los tramos 1 y 2, las condiciones son diferentes:
- Deudas generales: hasta 15 cuotas, con un anticipo del 10%.
- Retenciones y percepciones: hasta siete cuotas.
La tasa de financiación establecida es del 2,75% mensual para las micro, pequeñas y medianas empresas. Además, tanto el anticipo como cada cuota deben tener un importe mínimo de $50.000.
Para ingresar al régimen, las empresas deben contar con el Certificado MiPyME vigente y realizar la adhesión a través del servicio Mis Facilidades de ARCA.
El programa permite financiar obligaciones tributarias vencidas, pero no contempla una condonación de los compromisos fiscales.
Esto significa que los contribuyentes deben cancelar el capital adeudado, los intereses y las multas que correspondan. La ventaja consiste en poder distribuir esos importes en un cronograma de pagos y evitar afrontar toda la deuda en un único vencimiento.
La ampliación también se diferencia de la prórroga administrativa dispuesta anteriormente. La Resolución General 5920/2026 había extendido hasta el 30 de diciembre de 2026 el plazo para adherir a dos regímenes especiales. El anuncio de Caputo, en cambio, amplía el período de vencimientos que pueden incorporarse.


