Nuevos montos máximos de facturación para las MiPyMEs

Publicado en

Por gestión de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), el Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía de la Nación, actualizó los montos máximos de facturación que determinan las categorías MiPyME en el país.

Categoría Construcción Servicios Comercio Industria y minería Agropecuario
Micro  208.401.000  91.494.000  599.483.000  435.869.000  316.630.000
Pequeña  1.236.557.000  551.596.000  4.270.323.000  3.256.865.000  1.166.340.000
Mediana Tramo 1  6.899.145.000  4.565.365.000  20.297.829.000  23.180.330.000  6.863.946.000
Mediana Tramo 2  10.347.579.000  6.520.009.000  28.997.100.000  46.835.799.000  10.886.680.000

 

De acuerdo con lo informado por el Ministerio de Economía de la Nación con esta renovación se garantiza que las micro, pequeñas y medianas empresas continúen con las ventajas que otorga el certificado MiPyME, entre los que se incluyen beneficios impositivos y previsionales, avales de Sociedades de Garantías Recíprocas (SGR) y otros. Actualmente 1.758.722 de personas humanas y jurídicas cuentan con el certificado MiPyME vigente, de las cuales 424.275 son empleadores que generaron 4.005.994 puestos de trabajo en 2023.

Ultimas Noticias

El Gobierno Provincial impulsa la innovación para fortalecer el ecosistema productivo chaqueño

Autoridades provinciales encabezaron este martes la apertura de la jornada “Re! Creativa” en la...

Desde el Puerto de Barranqueras se enviaron 56 toneladas de carbón vegetal a Europa

El Puerto Barranqueras concretó un nuevo envío de 56 toneladas de carbón vegetal con...

León XIV homenajeó a Francisco a un año de su muerte y llamó a sostener su legado

El papa León XIV recordó este martes a Francisco al cumplirse el primer aniversario...

Naidenoff: “La escuela no es una isla. Deben monitorear lo que ocurre en casa”

La ministra de Educación Sofía Naidenoff, enfatizó que “la escuela no es una isla”...

TAMBIÉN TE PUEDE INTERESAR