Pérez Otazú impulsa alivio fiscal para contribuyentes

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La diputada provincial Clara Anahí Pérez Otazú presenta el proyecto de ley Nº2151/2022, a través del cual propone un Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes Locales, como medida propiciada por el Bloque Frente Integrador para mejorar la situación de estos sectores clave en la vida económica de la Provincia.

 

 

La iniciativa, busca sumarse a los nuevos beneficios para los sectores de menor facturación eximiendo el pago del Impuesto a los Ingresos Brutos a los sujetos incluidos en el Régimen Simplificado Provincial.
“El fin es fortalecer la inclusión económica y social  para pequeños contribuyentes locales, y el objetivo consiste en dar alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de aquellos  pequeños comerciantes, profesionales, artesanos y otros contribuyentes cuyos ingresos brutos provengan únicamente de actividades  incluidas  en el régimen
Simplificado de la ley nacional 24.977 sus modificaciones y complementarias. (Monotributistas  encuadrados en categorías A y B), eximiendo del Impuesto a los Ingresos Brutos de aquellos contribuyentes que se encuentren incluidos en el Régimen Simplificado Provincial”, explicó la legisladora.
Asimismo señaló, “Es necesario presentar herramientas legislativas que acompañene a las personas que trabajan y aportan día a día para que puedan recuperarse económicamente y hacerle frente a la inflación, que tanto nos preocupa”.
De aprobarse este Proyecto de Ley, se efectivizarían medidas que alivien la presión fiscal a los contribuyentes  del Régimen simplificado provincial del impuesto sobre los Ingresos Brutos y adicional , siempre y cuando los  sujetos cumplan con los requisitos encuadrados en la norma, eximiéndolos de esta manera al  pago del impuesto a los ingresos brutos , excepto cuando obtengan ingresos provenientes de: cargos públicos, Trabajo ejecutado en relación de dependencia, ejercicio de administración  y/o conducción de sociedades, prestaciones e inversiones financieras, compraventa de valores mobiliarios y de participaciones en las utilidades de cualquier sociedad, como también aquellos ingresos provenientes de la locación de bienes muebles o inmuebles, en concordancia con la Ley Nacional.

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