Sin embargo, la aplicación no será homogénea: sólo 11 de las 24 jurisdicciones adhirieron a la reglamentación de la receta médica electrónica del Ministerio de Salud de la Nación. Son Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego y Tucumán.
La provincia de Buenos Aires, y la ciudad de Buenos Aires, Chubut y La Rioja tienen su propias normativas de recetas electrónicas. Río Negro y Santa Fe, proyectos similares en marcha.
Las prepagas, al ser reguladas desde Nación, deben adaptarse a la receta electrónica. Mientras que en los hospitales no nacionales de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires convive el sistema mixto de receta electrónica + receta de papel.
Qué debe contener la receta electrónica
Para que las recetas electrónicas tengan validez, deberán incluir estos requisitos:
- Identificación del médico o profesional de la salud: nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio.
- Código de barras.
- Identificación del paciente: nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo.
- Descripción del medicamento recetado, que debe detallar:
– Nombre genérico o denominación común internacional
– Presentación
– Forma farmacéutica
– Cantidad de unidades
– De manera opcional, el nombre comercial sugerido por el prescriptor profesional
– Diagnóstico
– Fecha de emisión
– Firma digital del profesional.
En qué casos se podrá seguir usando la receta en papel
De acuerdo con la normativa, la receta manuscrita seguirá siendo válida únicamente como una excepción en casos específicos, como en las zonas de difícil acceso, falta de conectividad o interrupciones temporales del sistema.
Además, las recetas emitidas en papel antes del 31 de diciembre de 2024 podrán utilizarse dentro del período de vigencia habitual establecido.