Saltar al contenido

ESTABLECEN SERVICIO DE DEFENSA PUBLICO DE URGENCIAS

Publicado en 1 min de lectura

ESTABLECEN SERVICIO DE DEFENSA PUBLICO DE URGENCIAS

La Defensoría General estableció, a partir del día 14 de abril de 2020 y hasta nueva disposición, un Servicio de Defensa Público de Urgencia, ante la situación de pandemia por el COVID-19, y de conformidad con la Resolución N°210/20 del Superior Tribunal de Justicia. Por ello resolvió que la prestación del servicio se realizará en el horario de 8 a 12 con suspensión de términos y audiencias y sin atención al público presencial.

Además, informaron que solo se realizarán gestiones impostergables, tramitación de procesos urgentes y todas aquellas actividades que fueren esenciales, tales como violencia de género, doméstica e intrafamiliar; personas con restricción de la capacidad; cuestiones de salud; medidas protectorias; asistencia en calidad de apoyos o curadoras/es; víctimas de abuso sexual; sin que ello implique una enumeración taxativa. En los procesos penales los defensores deberán efectuar todas las acciones conducentes a resguardar los derechos humanos de las personas privadas de su libertad.

Cabe aclarar que todos los integrantes del Ministerio Público de la Defensa prestarán el servicio de urgencia a distancia desde los domicilios y a través de los medios tecnológicos disponibles. Únicamente lo efectuarán en forma presencial para el caso que lo amerite, ante la imposibilidad de realizarlo vía electrónica.

También te puede interesar